Relación con los ciudadanos
RELACIÓN CON LOS CIUDADANOS
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Código de Buen Gobierno
COMPROMETIDOS CON LA IGUALDAD
Compromiso de Igualdad
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Solicitar Información Pública
Conforme al artículo 4.1 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, se entiende por información pública el conjunto de contenidos o documentos que obren en poder de cualquiera de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Cualquier ciudadano o ciudadana, a título individual o en representación de cualquier organización legalmente constituida, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las contempladas en la ley. Para el ejercicio de este derecho no será necesario motivar la solicitud ni invocar la ley.
Los ciudadanos podrán solicitar la información que no se encuentre publicada en las plataformas digitales a través de las herramientas establecidas para ello y preferentemente por vía electrónica.
Al realizar la petición el ciudadano recibe un número de registro, que le sirve como referencia y como confirmación del envío de la solicitud.
Procedimiento de Quejas y Sugerencias
1. Formas de presentación.
Las ciudadanas y los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias de manera presencial, por correo, telefónicamente, por medios electrónicos o por aquellos nuevos canales que proporcionen las tecnologías a la ciudadanía.
- Presencial o por correo postal
a) En los registros de los órganos administrativosa los que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
b) También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Por medios electrónicos
Correo electrónico de la Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia: info@valer-f.es
- Vía telefónica
964 724 498 (Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia)
012 (atención ciudadana)
2. ¿Qué documentación se debe presentar?
- El impreso normalizado de queja. Si el escrito en el que se formule la queja o sugerencia no reúne los requisitos exigidos, o la cumplimentación del impreso es defectuosa, la Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días, subsane la deficiencia advertida.
- Cuanta documentación se considere oportuna en relación con su contenido.
3. Más información sobre el procedimiento.
- Detalle del procedimiento en la página web de la Generalitat.
- Normativa: Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se establece el sistema para la mejora de la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes y programas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental (DOCV nº 7764, de 20/04/2016)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del Tratamiento
FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA
Dirección: CALLE MAYOR 83, 1º PUERTA 9
Correo electrónico: info@valer-f.es
Ejercicio de Derechos de las personas interesadas
Las personas interesadas en este tratamiento tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, la rectificación o supresión de estos, la limitación de su tratamiento o a oponerse al mismo, mediante escrito, previa identificación, dirigido al órgano:
UNIDAD: Administración ValER
Dirección: Calle Mayor 83, piso 1º puerta 9
Correo electrónico: info@valer-f.es
Asimismo, en el supuesto de que la legitimación al tratamiento provenga del consentimiento de la persona interesada, esta puede retirar el consentimiento otorgado en cualquier momento ante el mismo órgano.
Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
Si las personas interesadas entienden que se han visto perjudicadas por el tratamiento o que no se les ha atendido debidamente en el ejercicio de sus derechos, pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de la sede electrónica accesible a través de la página web https://www.aepd.es/